El componente inflacionario tiene un tratamiento especial en el impuesto a la renta, tanto en ingresos como en deducciones, especialmente en las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad para quienes parte de los ingresos por rendimientos financieros no constituyen renta no ganancia ocasional, precisamente el que corresponde al componente inflacionario, que tampoco constituye costo ni deducción.
Qué es el componente inflacionario.
El componente inflacionario es aquella proporción de los intereses (costo financiero – rendimiento financiero) de una inversión o de un crédito que corresponde a la inflación en un periodo determinado.
La inflación supone una disminución de la capacidad adquisitiva de la moneda, lo que significa que lo que se compraba con $100 hace un año se debe comprar hoy por $105, por ejemplo; de lo que podemos concluir que, si durante ese mismo periodo se tenía un crédito por $100, que generó unos intereses de $10, de esos $10 de utilidad o rendimiento, $5 fueron absorbidos o consumidos por la inflación.
El componente financiero identifica la parte del ingreso o costo que no fue real, debido a que fue un producto de la inflación o efecto de la inflación.
Componente inflacionario para 2024.
Para el año gravable 2024 que se declara en el 2025, el componente inflacionario de los ingresos financieros es del 50.88% y de los costos y gastos financieros es del 25.01% según el decreto 0771 del 7 de julio de 2025.
Tabla que resume el componente inflacionario para el año gravable 2024.
| Concepto | Porcentaje (%) | Tratamiento |
|---|---|---|
| Ingresos financieros | 50.88 | No constituyen renta ni ganancia ocasional |
| Costos y gastos financieros | 25.01 | No son deducibles |
| Ajustes por diferencia en cambio | 23.06 | No son deducibles |
Componente inflacionario en 2025.
Para el año gravable 2025, que se declara en el 2026 aún no se ha definido el componente inflacionario porque hasta tanto no transcurra el año completo no se conoce el comportamiento de la inflación, insumo necesario para determinar ese componente.
Cálculo del componente inflacionario.
Determinar el componente inflacionario no es tan sencillo como restar de los intereses lo correspondiente a la inflación.
Al respecto, dice el artículo 40-1 del estatuto tributario:
«Para fines de los cálculos previstos en los artículos 38, 39 y 40 del Estatuto Tributario, el componente inflacionario de los rendimientos financieros se determinará como el resultado de dividir la tasa de inflación del respectivo año gravable, certificada por el DANE, por la tasa de captación más representativa del mercado, en el mismo período, certificada por la Superintendencia Bancaria.»
Por ejemplo, si la inflación durante el año cualquiera fuera del 5.5% y la tasa promedio de colocación más representativa en el mismo período fuera del 12%, el componente inflacionario sería de 45.83% (5.5%/12%).
En todo caso, el componente inflacionario es señalado mediante decreto por el gobierno, que se hace anualmente, excepto por los años en que no estuvo vigente este concepto, lo que abordaremos unas líneas adelante.
Cómo declarar el componente inflacionario.
El componente inflacionario de los ingresos o costos financieros tiene un tratamiento diferente según si el contribuyente está o no obligado a llevar contabilidad.
Componente inflacionario en contribuyentes obligados a llevar contabilidad.
El componente inflacionario en los contribuyentes que están obligados a llevar contabilidad no tiene aplicación, de manera que la totalidad de los intereses o rendimientos financieros se declaran como ingreso gravado.
Esto en razón a lo que señala el artículo 40 del estatuto tributario, que en su primer inciso señala:
«El componente inflacionario de los rendimientos y gastos financieros a que se refieren los artículos 40-1, 81-1 y 118 de este Estatuto, será aplicable únicamente por las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad.»
Es decir que tanto el ingreso como el gasto financiero se declaran en su totalidad como lo que son: ingreso, costo o deducción.
Componente inflacionario en contribuyentes no obligados a llevar contabilidad.
En cuanto a los contribuyentes que no están obligados a llevar contabilidad, como el caso de muchas personas naturales, el asunto cambia un poco, en razón de que este componente inflacionario no constituye renta ni ganancia ocasional.

