Actualización 2025: Guía Completa para la Presentación de Información Exógena en Colombia

En el entorno empresarial colombiano, la presentación de información exógena a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) es una obligación fiscal crucial para garantizar la transparencia y el cumplimiento normativo. Con la entrada en vigor de nuevas resoluciones para el año gravable 2025, es esencial que las empresas y profesionales estén al tanto de las actualizaciones y requisitos para evitar sanciones y optimizar sus procesos contables.

Obligados a Presentar Información Exógena en 2025

Según la Resolución 000188 del 30 de octubre de 2024, modificatoria de la Resolución 000162 de 2023, están obligados a presentar información exógena por el año gravable 2025:

Personas Naturales y Asimiladas: Aquellas que durante los años gravables 2023 o 2024 hayan obtenido ingresos brutos superiores a 11.800 Unidades de Valor Tributario (UVT). Para 2024, esto equivale a $555.367.000 COP.

Personas Jurídicas, Sociedades y Asimiladas: Entidades que en los años gravables 2023 o 2024 hayan superado los ingresos brutos mencionados anteriormente.

Agentes Retenedores: Personas naturales o jurídicas obligadas a practicar retenciones y/o autorretenciones durante el año 2024.

Establecimientos Permanentes de Extranjeros: Incluye establecimientos de personas naturales no residentes y de personas jurídicas o entidades extranjeras.

Entes Públicos: Organismos del nivel nacional y territorial, tanto del orden central como descentralizado, que no estén obligados a presentar declaración de ingresos y patrimonio.

Novedades en los Formatos de Información Exógena

La Resolución 000188 de 2024 introdujo 13 nuevos formatos que deberán ser reportados para el año gravable 2025. Estos formatos buscan ampliar y detallar la información requerida por la DIAN, facilitando un control más exhaustivo de las operaciones económicas de los contribuyentes. Es fundamental que las empresas revisen estos nuevos formatos y ajusten sus sistemas contables para cumplir con los requisitos establecidos.

Plazos para la Presentación de Información Exógena en 2025
1. Grandes Contribuyentes:
Los grandes contribuyentes deberán presentar la información exógena según el último dígito de su NIT en las siguientes fechas:
Último dígito NIT Fecha límite de presentación
1 17 de abril de 2025
2 18 de abril de 2025
3 1 de mayo de 2025
4 2 de mayo de 2025
5 5 de mayo de 2025
6 6 de mayo de 2025
7 7 de mayo de 2025
8 8 de mayo de 2025
9 9 de mayo de 2025
0 12 de mayo de 2025
2. Personas Jurídicas y Naturales:
Para los demás contribuyentes, el plazo varía dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT, así:
Últimos dígitos NIT Fecha límite de presentación
01 – 05 13 de mayo de 2025
06 – 10 14 de mayo de 2025
11 – 15 15 de mayo de 2025
16 – 20 16 de mayo de 2025
21 – 25 19 de mayo de 2025
26 – 30 20 de mayo de 2025
31 – 35 21 de mayo de 2025
36 – 40 22 de mayo de 2025
41 – 45 23 de mayo de 2025
46 – 50 26 de mayo de 2025
51 – 55 27 de mayo de 2025
56 – 60 28 de mayo de 2025
61 – 65 29 de mayo de 2025
66 – 70 30 de mayo de 2025
71 – 75 2 de junio de 2025
76 – 80 3 de junio de 2025
81 – 85 4 de junio de 2025
86 – 90 5 de junio de 2025
91 – 95 6 de junio de 2025
96 – 00 9 de junio de 2025
Consecuencias de No Presentar Información Exógena a Tiempo
El incumplimiento en la presentación de la información exógena dentro de los plazos establecidos puede generar sanciones por parte de la DIAN, incluyendo:

✔ Multas por extemporaneidad (hasta el 5% del valor de la información no presentada).
✔ Cierre temporal del establecimiento en casos de reincidencia.
✔ Dificultades en trámites fiscales y comerciales con entidades gubernamentales y bancarias.
Para evitar estos inconvenientes, es fundamental planificar con antelación y contar con un sistema contable eficiente que permita cumplir con estos requisitos sin contratiempos.

Fuente:https://micontabilidadcom.blogspot.com/2025/03/actualizacion-2025-guia-completa-para.html

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